miércoles, 30 de septiembre de 2009
LADRONAZO EL CANDIDATITO LE PONDRA RUEDAS A LA MONEDA SI ES QUE LLEGA A ELLA .
28 de Septiembre de 2009
El Mostrador revela las 3.855 fojas de la investigación
Este es el expediente de la SVS que sancionó a Piñera por la compra de acciones LAN
En la formulación de cargos que hizo la autoridad al abanderado presidencial de la derecha puede leerse: "... Fluyen fundadas presunciones para estimar que no ha observado (Piñera) el deber de abstención que pesa sobre quien tiene acceso a información privilegiada, consistente en no adquirir para sí o para terceros, directa o indirectamente, los valores sobre los cuales tenía información privilegiada...".
Por Jorge Molina Sanhueza
Cuando el miércoles de la semana pasada se desarrollaba el debate presidencial, el comando de Eduardo Frei tenía perfectamente estudiado que el candidato debía traer a colación el ahora cuestionado informe de Transparencia Internacional. La entidad había publicado su reporte mundial sobre corrupción, que esta vez ponía el foco sobre el sector privado. Lo polémico era que en su capítulo sobre Chile sostenía que Sebastián Piñera había hecho uso de "información privilegiada", en el marco de la compra de acciones de Lan en 2006, siendo al mismo tiempo miembro del directorio de dicha corporación, lo que le trajo beneficios económicos.
Si bien la figura legal no era técnicamente la correcta, el hecho es que la frase gatilló la ira de la derecha, que salió con todo a responder el ataque del presidenciable DC, argumentando mentira, mala fe y falta de precisión en el vocablo jurídico utilizado, ya que el abanderado de la Alianza sólo había sido castigado por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), "por una falta a la debida reserva". Y aunque el contraataque político del piñerismo era correcto en términos legales, lo cierto es que el daño a la credibilidad de Piñera ya se había producido.
Sin embargo, más allá de los dimes y diretes políticos, lo cierto es que el expediente tramitado por el Departamento de Investigación de la SVS, entrega una visión más específica de los hechos, donde tanto las figuras de "uso de información privilegiada" y "falta al deber a la debida reserva", están muy cerca la una de la otra.
Por esta razón, el expediente completo, donde se encuentran las declaraciones prestadas por Piñera, Juan José Cueto y otros altos ejecutivos ante los indagadores de la SVS; los informes en derecho y la formulación de cargos por parte de la autoridad, son publicados por El Mostrador.
No es lo mismo, pero es igual
En el expediente aparece el testimonio de Piñera, ante los investigadores el 26 de septiembre de 2006, en el Instituto Carlos Casanueva, ubicado en la calle Londres, en pleno centro de Santiago.
En la oportunidad, el empresario reconoció haber comprado las acciones, pero negó haber usado información privilegiada, argumentado que, más allá de pertenecer al directorio y conocer los estados financieros, "la operación era perfectamente legal y legítima".
Los interrogadores, en la última pregunta inquieren a Piñera: "¿Algo más que agregar? El empresario respondió: "Sólo el hecho de decir que directores o controladores compren o vendan acciones de empresas relacionadas en períodos cercanos al conocimiento de las Fecus respectivas, es bastante habitual en nuestro mercado, ya que la ley no lo prohíbe".
Fue esta frase la que lapidó a Piñera. Lo anterior se sumó a que los estados financieros fueron aprobados por el directorio que integraba este último el 24 de julio de 2006 a las 15.30. Y el mismo día, a las 15.59, adquirió los papeles. El detalle es que los números de LAN recién fueron conocidos por la SVS al día siguiente. Las acciones subieron y ganó dinero, pero derivó en que la SVS le formulara cargos por infringir la Ley de Valores.
Del documento se desprende que la figura legal usada por la SVS fue el artículo 165 que revela la conducta que debe ejecutarse para que se configure el uso de información privilegiada. Atendido lo anterior, la SVS señaló que el comportamiento comercial de Piñera daba para al menos tres figuras: "deber de reserva de la información privilegiada", "prohibición de uso de la información privilegiada" y "deber de abstención de adquirir valores". De las tres anteriores, el entonces superintendente Alberto Etchegaray, una vez valorados los antecedentes, sólo aplicó la última.
"... Fluyen fundadas presunciones para estimar que no ha observado (Piñera) el deber de abstención que pesa sobre quien tiene acceso a información privilegiada, consistente en no adquirir para sí o para terceros, directa o indirectamente, los valores sobre los cuales tenía información privilegiada...", se lee en los cargos formulados.
Una vez conocidos los cargos, Piñera entregó una serie de informes a la SVS, como también un estudio en derecho, con el objetivo de realizar sus descargos ante la autoridad. Esta última, sin embargo, consideró que Piñera había cometido la infracción y que la conducta adoptada cuadraba perfectamente con la ley, sancionándolo el 6 de julio de 2007.
Por lo anterior, el presidenciable tuvo que pagar en 2007 más de 300 millones de pesos al fisco, con el fin de evitar que la apelación que le otorgaba la ley ante los tribunales se alargara, afectando su carrera a La Moneda.
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