martes, 28 de julio de 2009
Supremos refutan defensa de candidato de la derecha
Martes 28 de julio de 2009
Por L. Narváez / J. Rebolledo / La Nación
Supremos refutan defensa de candidato de la derecha
Sebastián Piñera "eludió la acción de la justicia".
De esta manera resumen algunos ministros de la Corte Suprema la actitud con que el candidato de la Alianza enfrentó un procesamiento y una orden de detención por infracción a la Ley de Bancos en 1982.
En ese tiempo, Piñera, siendo gerente general de la entidad, no se presentó para ser notificado y, en su defecto, interpuso un recurso de amparo que tras ser rechazado por la Corte de Apelaciones, finalmente fue acogido por la Corte Suprema.
La polémica se instaló luego de que la ex ministra de Justicia, Mónica Madariaga, revelara que presionó al juez que lo procesó, Luis Correa Bulo. El ex magistrado confirmó dichas presiones a La Nación Domingo.
A respecto, el senador (RN) Alberto Espina declaró el domingo, en el programa "Tolerancia cero", que al presentar el recurso de amparo, la orden de detención había quedado sin efecto.
Por su parte, Piñera declaró que "lejos de eludir la acción de la justicia, como mal intencionadamente sostienen algunos adversarios, recurrí a los Tribunales Superiores de Justicia en búsqueda precisamente de justicia y amparo".
Sin embargo cinco "Supremos" refutan los dichos de Espina y Piñera señalando que el habeas corpus no suspende la orden de detención hasta que es acogido, cosa que ocurrió sólo 23 días después.
Supremos
Milton Juica: “elude la acción de la justicia”
El ministro y vocero del máximo tribunal, aclaró que “se supone que la gente que no quiere ser privada de libertad y anda escondida no más, simplemente elude la acción de la justicia, esa es la expresión técnica”.
Sobre si la sola presentación del amparo suspende la detención es enfático: “No, sólo cuando se acoge”.
Jaime Rodríguez: “estaba escondido”
Integrante de la Sala Penal del máximo tribunal, el magistrado sostuvo que “no hay ninguna norma que diga que el recurso de amparo suspende el cumplimiento de una resolución de una actuación objetada. Sólo cuando es acogido, eso es obvio. Mientras eso no ocurra, sigue a firme, por eso es que el señor Piñera tuvo que esconderse 24 días”.
Juan Araya: “lo otro es quedarse escondido”
Integrante de la Sala Civil de la Corte Suprema, el ministro coincide en que el amparo no suspende una detención “en ningún momento. Sólo al momento de ser acogido”. Agrega que “cuando se toma conocimiento que se ha dictado una orden, la estrategia de la defensa puede ser que se presente y apela, y la otra es quedarse escondido y recurro de amparo en al corte”.
Alberto Chaigneau: “rebelde, pero no prófugo”
El ex presidente de la Sala Penal sostiene que el amparo no interrumpe “mientras no se falle, porque incluso en el momento en que es presentado, puede ser detenida la persona”. Sobre la calidad de una persona cuando no se presenta voluntariamente dice que “no es prófugo, es una cuestión de concepto, diría, rebelde, pero no prófugo”.
Rosa María Maggi: “Hay otros recursos”
La ministra, integrante de la Sala Laboral, aseveró que el recurso de amparo sólo suspende las órdenes de detención “al momento que es acogido, cuando hay una resolución que dispone la ilegalidad. A veces hay órdenes de no innovar que suspenden el asunto”. Respecto al uso de los amparos explicó que “en términos generales no debería entrar por la vía de recursos de amparo. Para revisar el fondo hay otros recursos”.
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